NAVARRA: Módulos 2025
¿Tributa en el régimen simplificado de IVA? Ya se han publicado los módulos para este año.

Tenga en cuenta lo siguiente:
Normativa aplicable
Va a tener que aplicar lo establecido en la regulación estatal en lo que respecta al régimen simplificado del IVA, con adaptaciones.
Límites para la aplicación del régimen
Se aplican los siguientes límites:
✓ 150.000 euros, relativo al volumen de ingresos anuales aplicable al conjunto de actividades, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales; así como al de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de las actividades empresariales o profesionales, excluidas las relativas a elementos del inmovilizado.
✓ 250.000 euros, relativo al volumen de ingresos anuales, aplicables al conjunto de las actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
Renuncia y revocación
Si desea renunciar al régimen para 2025 o revocar una renuncia previa, puede hacerlo hasta el 31-3-2025 (el plazo comenzó el 7 de febrero), presentando el modelo F-65.
No obstante, recuerde que también puede renunciar al régimen de forma tácita presentando la declaración-liquidación del IVA del primer trimestre del año en régimen general, o la primera declaración que se deba presentar después del comienzo de la actividad, en caso de inicio de ésta.
Nuestros profesionales le informarán del contenido del régimen simplificado y le ayudarán a calcular el IVA correspondiente a su módulo.
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